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![]() PADEM 2009
Las municipalidades del país, deben anualmente elaborar un Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal (PADEM), el cual es exigido en la Ley Nº 19.410, en su art. Nº 4. Éste tiene por objeto ordenar y sistematizar las acciones educacionales municipales a partir de los objetivos, políticas y programas definidos para el sector, y a su vez, evaluar el avance en el cumplimiento de las metas que han sido determinadas para la comuna y cada establecimiento educacional. Además, el PADEM se debe enmarcar dentro de las posibilidades legales que la Reforma Educacional precisa para profundizar la descentralización y la autonomía del sistema escolar, posibilitando que la participación de la comunidad se haga cada vez más cierta, que exija un manejo eficiente de los recursos y una gestión municipal más articulada con la escuela. Este instrumento de planificación de la educación permitirá al municipio generar una visión de conjunto y trabajar en forma mancomunada y coherente por el logro de las metas definidas orgánicamente. |









